TECDMX-JLI-029/2020
Acuerdos Plenarios15 de octubre de 2024
Es fundado el Incidente de Ejecución de Sentencia promovido.
Se tiene por parcialmente cumplida la sentencia emitida el veinte de septiembre de dos mil veintidós, en el expediente en que se actúa.
En consecuencia, se requiere al Instituto Electoral de la Ciudad de México para que, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente resolución, cumpla con lo ordenado en la resolución y la sentencia dictada en el expediente principal.