TEDF-JLI-006/2016
Acuerdos Plenarios15 de febrero de 2018
ÚNICO. SE TIENE ALINSTITUTO ELECTORALCUMPLIENDO LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL.
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Acuerdos Plenarios archivos - Página 48 de 48 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
ÚNICO. SE TIENE ALINSTITUTO ELECTORALCUMPLIENDO LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL.
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ÚNICO. SE TIENE POR CUMPLIDO EL ACUERDO PLENARIO, EN EL JUICIO CIUDADANO TECDMX-JLDC-002/2018, ACORDE A LO EXPUESTO.
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PRIMERO. SE DEJA INSUBSISTENTE LA RESOLUCIÓN DICTADA POR ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL.
SEGUNDO. EN CONSECUENCIA, SE INSTRUYE AL SECRETARIO GENERAL DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL ELECTORAL LOCAL A EFECTO DE QUE PONGA A DISPOSICIÓN DE LA MAGISTRADA O EL MAGISTRADO INSTRUCTOR DEL ASUNTO DE MÉRITO EL EXPEDIENTE DEL PRESENTE JUICIO DE INCONFORMIDAD ADMINISTRATIVA PARA QUE ELABORE UN NUEVO PROYECTO DE SENTENCIA, SIGUIENDO LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDAS POR LAS EJECUTORIAS ATINENTES.
3. AGRÉGUESE A SUS AUTOS EL PRESENTE ACUERDO PLENARIO PARA QUE OBRE COMO CORRESPONDA.
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ÚNICO. SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL VEINTICINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EN EL JUICIO ELECTORAL TECDMX-JEL-050/2017, EN TÉRMINOS DE LOS RAZONAMIENTOS Y FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN EL PRESENTE ACUERDO.
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PRIMERO. SE TIENE PORPARCIALMENTE CUMPLIDA LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORALEL SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE EN LOS AUTOS DEL PRESENTE JUICIO.
SEGUNDO. SE OTORGA A LACOMISIÓN NACIONAL UN PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL EVENTO DE LA DISCULPA PÚBLICA PARA QUE INFORME A ESTE TRIBUNAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DADO A LA SENTENCIA DE MÉRITO.
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UNICO. SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA EMITIDA POR ESTE TRIBUNAL EL VEINTICINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO EN EL JUICIO DE LA CIUDADANÍA TECDMX-JLDC-007/2018
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ÚNICO. SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL VEINTICINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EN EL JUCIIO DE LA CIUDADANÍA TECDMX-JLDC-009/2018, EN TÉRMINOS DE LOS RAZONAMIENTOS Y FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN EL PRESENTE ACUERDO.
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PRIMERO. SE ESCINDE EL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA IDENTIFICADO CON LA CLAVE TECMDMX-JLDC-003/2018, PROMOVIDO POR MARIO ALBERTO MARTÍNEZ MUNDO, EN TÉRMINOS DE LO EXPUESTO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO DEL PRESENTE ACUERDO PLENARIO.
SEGUNDO. REMÍTASE EL ASUNTO A LA SECRETARÍA GENERAL DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL, PARA EFECTOS DE LO ORDENADO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO.
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PRIMERO. SE REENCAUZA EL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA, PROMOVIDO POR GERMÁN GIL DE ARÉVALO MAYA, SIN PREJUZGAR SOBRE SU ADMISIBILIDAD, A JUICIO ELECTORAL EN TÉRMINOS DE LO EXPUESTO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO DEL PRESENTE ACUERDO PLENARIO.
SEGUNDO. REMÍTASE EL ASUNTO A LA SECRETARÍA GENERAL DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL, PARA EFECTOS DE LO ORDENADO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO.
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ÚNICO. SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA EMITIDA POR ESTE TRIBUNAL EL QUINCE DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO EN EL JUICIO ELECTORAL TECDMX-JEL-002/2018
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ÚNICO. SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EN EL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDANÍATECDMX-JLDC-0618/2017, EN TÉRMINOS DE LOS RAZONAMIENTOS Y FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN EL PRESENTE ACUERDO.
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PRIMERO. ES IMPROCEDENTEEL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA PROMOVIDO POR SERGIO JIMÉNEZ BARRIOS; EN CONSECUENCIA, SEREENCAUZA EL PRESENTE MEDIO DE IMPUGNACIÓN A LA COMISIÓN DE JUSTICIA PARTIDARIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA QUE LO SIGA CONOCIENDO A TRAVES DEL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS PARTIDARIOS DEL MILITANTE.
SEGUNDO. SE DEJA SIN EFECTOS EL ESCRITO DE DESISTIMIENTO PRESENTADO EL VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE POR LA PARTE ACTORA ANTE LA INSTANCIA INTRAPARTIDISTA EN TÉRMINOS DEL CONSIDERABDO SEGUNDO DE ESTE ACUERDO.
TERCERO. SE ORDENA A LACOMISIÓN DE JUSTICIA PARTIDARIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO QUE UNA VEZ QUE SEA NOTIFICADA LA PRESENTE SENTENCIA, REMITA DE FORMA INMEDIATA EL EXPEDIENTE CJPCDMX-JDM-002/2017 A LA COMISIÓN NACIONAL DE JUSTICIA PARTIDARIA DEL PRI.
CUARTO. SE ORDENA A LACOMISIÓN NACIONAL DE JUSTICIA PARTIDARIA DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL QUE DENTRO DE LAS VEINTICUATRO HORAS SIGUIENTES A LA RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE CJPCDMX-JDM-002/2017, EMITA EL ACUERDO DE ADMISIÓNRESPECTIVO Y, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 44 DEL CÓDIGO DE JUSTICIA PARTIDARIA DEL PRI DICTE LA RESOLUCIÓN QUE EN DERECHO CORRESPONDA, ASÍ COMO NOTIFIQUE AL ACTOR CONFORME A SU NORMATIVA.
QUINTO. SE ORDENA A LOS ÓRGANOS DE JUSTICIA PARTIDARIA REQUERIDOS INFORMEN A ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LAS ACTUACIONES ORDENADAS EN EL PRESENTE ACUERDO, REMITIENDO COPIAS CERTIFICADAS DE LAS ACTUACIONES CON LAS CUALES ACREDITEN SU ACTUAR; LO ANTERIOR, DENTRO DEL PLAZO DE VEINTICUATRO HORAS CONTADAS A PARTIR DE QUE EMITAN LOS ACTOS ORDENADOS.
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PRIMERO. SE NIEGA LA SUSPENCIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO RECLAMADO, CONSISTENTE EN LA AGREGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN SANCIONATORIA AL EXPEDIENTE PERSONAL DE LA PARTE ACTORA.
SEGUNDO. SE CONCEDE LA SUSPENCIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO RECLAMADO CONSISTENTE EN LA INSCRIPCIÓN DE LA SANCIÓN IMPUESTA A LA PARTE ACTORA EN EL LIBRO ELECTRÓNICO DE REGISTRO DE SERVIDORES PÚBLICOS SANCIONADOS.
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PRIMERO. SE TIENE POR PARCIALMENTE CUMPLIDA LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EN EL JUICIO PARA LA PROTECIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA TECDMX-JLDC-0618/2017, EN TÉRMINOS DE LOS RAZONAMIENTOS Y FUNDAMENTOS EXPUESTO EN EL PRESENTE ACUERDO.
SEGUNDO. SE ORDENA AL CONSEJO GENERAL DELIECDMX PARA QUE NOTIFIQUE DEBIDAMENTE EL ACUERDO IDENTIFICADO CON LA CLAVEIECM/ACU-CG-003/2018 DENTRO DE LAS VEINTICATRO HORAS SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN DE ESTE PROVEIDO, EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL EN EL JUICIO TECDMX-JLDC-0618/2017 EL CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO.
TERCERO. SE REQUIERE AL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA QUE, DENTRO DE LAS VEINTICUATRO HORAS POSTERIORES A LA NOTIFICACIÓN A LA PARTE ACTORA DEL ACUERDOIECMACU.CG-003/2018, INFORME SOBRE LA MISMA A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL.
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PRIMERO. SE RETURNA EL JUICIO ELECTORAL PROMOVIDO POR EL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL AL MAGISTRADO INSTRUCTOR, QUIEN CONOCIÓ DEL ÍNDICE DEL DIVERSO TECDMX-JEL-047/2017, SIN PREJUZGAR SOBRE SU ADMISIBILIDAD, EN TÉRMINOS DE LOS EXPUESTO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO.
SEGUNDO. REMÍTASE EL ASUNTO A LA SCRETARÍA GENERAL DE ESTE TRIBUNAL ELECTORAL, PARA EFECTOS DE LO ORDENADO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO.
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PRIMERO. SE RETURNA EL JUICIO ELECTORAL PROMOVIDO POR EL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL AL MAGISTRADO INSTRUCTOR, QUIEN CONOCIÓ DEL ÍNDICE DEL DIVERSO TECDMX-JEL-047/2017, SIN PREJUZGAR SOBRE SU ADMISIBILIDAD, EN TÉRMINOS DE LOS EXPUESTO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO.
SEGUNDO. REMÍTASE EL ASUNTO A LA SCRETARÍA GENERAL DE ESTE TRIBUNAL ELECTORAL, PARA EFECTOS DE LO ORDENADO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO.
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ÚNICO. SE TIENE AL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DANDOCUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN LA SENTENCIA DE VEINTIUNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE,EMITIDA POR ESTE TRIBUNAL EN EL JUICIO DE LA CIUDADANÍA TECDMX-JLDC-0599/2017
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ÚNICO. SE TIENE AL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR CONDUCTO DEL SECRETARIO EJECUTIVO, DANDOCUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EMITIDA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL EN EL JUICIO EN QUE SE ACTÚA, EN TÉRMINOS DE LO RAZONADO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO DE ESTE ACUERDO.
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ÚNICO. SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EN EL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADNÍA TECDMX-JLDC-0613/2017, EN TERMINOS DE LOS RAZONAMIENTOS Y FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN EL PRESENTE ACUERDO.
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ÚNICO. SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EN EL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADNÍA TECDMX-JLDC-0615/2017, EN TERMINOS DE LOS RAZONAMIENTOS Y FUNDAMENTOS EXPUES TOS EN EL PRESENTE ACUERDO.
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ÚNICO. SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIADEFINITIVA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EN EL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADNÍA TECDMX-JLDC-0616/2017, ACORDE CON LO EXPUESTO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO DEL PRESENTE ACUERDO PLENARIO
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ÚNICO. SE TIENE AL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DANDOCUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE CINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO, EMITIDA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL EN EL JUICIO EN QUE SE ACTÚA, EN TÉRMINOS DE LO RAZONADO EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO DE ESTE ACUERDO.
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ÚNICO. SE DESECHA DE PLANO LA DEMANDA DE JUICIO CIUDADANO, PROMOVIDA POR HÉCTOR ALEXIS GÓMEZ FLORES
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ÚNICO. ESTE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO ESTIMA QUE NO ES POSIBLE EMITIR PRONUNCIAMIENTO ALGUNO CON RELACIÓN AL INCIDENTE de LIQUIDACIÓN PRESENTADO POR LA PARTE INCIDENTISTA EL PASADO CUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, DICTADA EN AUTOS DEL PRESENTE JUICIO, SE ENCUENTRA SUB JUDICE AL HABER SIDO IMPUGNADA POR LA PARTE ACTORA VÍA JUICIO DE AMPARO DIRECTO Y ESTAR PENDIENTE DE SU RESOLUCIÓN EN EL EXPEDIENTE DT.- 1198/2017 POR PARTE DEL DECIMOQUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DEL TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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PRIMERO- SE TIENE PORPARCIALMENTE CUMPLIDA LA SENTENCIA DICTADA POR ESTE TRIBUNAL ELECTORAL EL SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE EN LOS AUTOS DEL PRESENTE JUICIO.
SEGUNDO. SE OTORGA A LACOMISIÓN NACIONAL UNA PRÓRROGA DE CINCO DÍAS HÁBILES PARA QUE DÉ CUMPLIMIENTO TOTAL A LA SENTENCIA DE MÉRITO, EN TÉRMINOS DE LO RAZONADO EN LA PARTE FINAL DEL ÚLTIMO CONSIDERANDO.
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ÚNICO. SE TIENEN AL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR CONDUTCTO EL SCERETARIO EJECUTIVO, DANDOCUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE VEINTIUNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, EMITIDA POR EL TRIBUNAL ELECTOTRAL EN EL JUICIO EN QUE SE ACTÚA, EN TÉRMINOS DE LO RAZONADO EN EL CONSIDERABDO SEGUNDO DE ESTE ACUERDO.
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