TECDMX-JEL-018/2021
Acuerdos Plenarios11 de mayo de 2021
Se tiene por cumplida la sentencia dictada por este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el quince de abril de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Acuerdos Plenarios archivos - Página 32 de 48 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se tiene por cumplida la sentencia dictada por este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el quince de abril de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la sentencia dictada por este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el quince de abril de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la sentencia dictada por este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el quince de abril de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene como improcedente la petición formulada.
Remítase el presente expediente y su anexos al Quinto Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito.
Notifíquese
Este Tribunal Electoral no es legalmente competente para conocer de los actos impugnados por la parte actora.
Remítase el escrito original y sus anexos, junto con las constancias originales que integran el expediente, a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Notifíquese
Se deja insubsistente la resolución de veinte de octubre de dos mil veinte.
Póngase a disposición de la Comisión de Controversias Laborales y Administrativas, el expediente del presente juicio laboral para que elabore un nuevo proyecto de sentencia.
Notifíquese
Este Tribunal es legalmente incompetente para conocer el Procedimiento Especial Sancionador.
Remítase el expediente en que se actúa a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral, para que determine lo que en Derecho corresponda.
Notifíquese
Se tiene por parcialmente cumplida la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México el veintidós de abril del dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la sentencia de quince de abril de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la Sentencia dictada en el presente Juicio.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de uno de abril del dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene por parcialmente cumplida la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México el quince de marzo del dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la Sentencia y el Acuerdo Plenario dictados en el presente Juicio.
Notifíquese
Se deja insubsistente la sentencia de veintitrés de marzo de dos mil veintiuno, en cumplimiento a lo ordenado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito.
Notifíquese
Se admite la demanda en el presente Juicio Especial Laboral.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplido el Acuerdo Plenario de ocho septiembre de dos mil veinte en el expediente en que se actúa.
Notifíquese
Este Tribunal el legalmente incompetente para conocer el Procedimiento Especial Sancionador.
Remítase el expediente en que se actúa a la Unidad Técnica de los Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral, para que determine lo que en Derecho corresponda.
Notifíquese
Se tiene por incumplida, en lo sustancial, la Sentencia dictada en el juicio en que se actúa.
Se ordena a la Comisión Nacional de Elecciones del Partido MORENA dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal.
Notifíquese
Este Tribunal Electoral de la Ciudad de México no es competente para conocer de la controversia.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Notifíquese
No ha lugar a conocer acerca de la controversia planteada en este asunto, pues no es susceptible de ser conocida a través de los medios de impugnación que son competencia de este órgano jurisdiccional.
Se reencauza a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción, con sede en la Ciudad de México.
Notifíquese
Se concede la medida de protección a la parte denunciante, y se ordena al probable responsables realice de inmediato lo ordenado en la presente detrminación plenaria, apercibido que en casode incumplir con dicho mandato, le será aplicada una medida de apremio, en términos del artículo 96 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México.
Notifíquese
Se admite la demanda.
Se ordena llevar a cabo el emplazamiento a la parte demandada, hasta en tanto se levante la suspensión del trámite y sustanciación de los Juicios Especiales, determinado por este órgano jurisdiccional mediante Acuerdo Plenario 003/2020.
Notifíquese
Se reencauza el presente Juicio para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales de la Ciudadanía a Juicio Electoral.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la Sentencia de veinticinco de febrero de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se deja insubsistente el acuerdo plenario de diez de marzo de dos mil veinte dictado en el expediente TECDMX-JLI-037/2020, en cumplimiento a lo ordenado por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en la resolución de dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, emitida en el juicio de amparo DT.371/2020.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la Sentencia de veinticinco de febrero de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la Sentencia de veinticinco de febrero de dos mil veintiuno.
Notifíquese