TEDF-JLT-007/2017
Acuerdos Plenarios09 de noviembre de 2021
Se deja insubsistente la resolución de quince de junio de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Acuerdos Plenarios archivos - Página 29 de 48 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se deja insubsistente la resolución de quince de junio de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se reencauza el presente Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía a Juicio Electoral.
Notifíquese
Se reencauza el presente Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía a Juicio Electoral.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la sentencia dictada el veintiuno de octubre de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Es procedente la adopción de medidas cautdelares a favor de la parte actora.
Notifíquese
Remítase el expediente a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México, para que realice a la brevedad las acciones que considere pertinentes respeto de la sustanciación del presente Procedimiento.
Notifíquese
Remítase el expediente a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México, para que realice a la brevedad las acciones que considere pertinentes respeto de la sustanciación del presente Procedimiento.
Notifíquese
Se reencauza el presente medio de impugnación al Instituto Electoral de la Ciudad de México, para que conozca tramite y resuelva en la vía que corresponda.
Notifíquese
Se declara cumplida la Sentencia, dictada el veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia dictada el catorce de septiembre de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se ordena al Instituto Electoral demandado el cumplimiento inmediato de la sentencia de tres de marzo de dos mil veinte, dictada en el presnte expediente.
Notifíquese
ÚNICO.-Se tiene sustancialmente cumplida la Sentencia dictada por este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el quince de abril de dos mil veintiuno
Notifíquese
ÚNICO.-Se tiene sustancialmente cumplida la Sentencia dictada por este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el veintinueve de octubre de dos mil diecinueve
Notifíquese
ÚNICO.- Es improcedente la excitativa de justicia planteada por el ciudadano Miguel Ángel Balderas Mendoza, en términos de lo razonado en el presente Acuerdo Plenario
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de diez de septiembre de dos mil veinte.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de diez de septiembre de dos mil veinte.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de diez de septiembre de dos mil veinte.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de diecinueve de noviembre de dos mil veinte.
Notifíquese
Se reencauza el escrito presentado por la parte actora a la Dirección Distrital 15 del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Notifíquese
Se tiene por formalmente cumplida la resolución de veintisiete de agosto de dos mil veintituno.
Notifíquese
Se tiene por cumplida ña sentencia dictada el diecinueve de agosto de dos mil veintiuno por este Tribunal Electoral.
Notifíquese
Remítase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México, para que a la brevedad realice las acciones que considere pertinentes.
Notifíquese
Remítase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México, para que a la brevedad realice las acciones que considere pertinentes.
Notifíquese
Se reencauza el escrito presentado a Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la Sentencia de diez de septiembre del dos mil veinte.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la Sentencia de veintisiete de agosto del dos mil veinte.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la Sentencia de uno de octubre del dos mil veinte.
Notifíquese