TECDMX-JEL-088/2022
Acuerdos Plenarios14 de abril de 2022
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia emitida el ocho de abril de dos mil veintidós.
Notifíquese
Acuerdos Plenarios archivos - Página 27 de 49 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia emitida el ocho de abril de dos mil veintidós.
Notifíquese
Se cambia de vía el presente juicio a Juicio Electoral.
Notifíquese
Se da por terminada la relación de trabajo entre la parte actora y la autoridad demandada.
Notifíquese
Se da por terminada la relación de trabajo entre la parte actora y la autoridad demandada.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la resolución emitida por el Tribunal Electoral.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la resolución emitida por el Tribunal Electoral.
Notifíquese
Se concede el plazo indicado, a la autoridad responsable para que emita la resolución correspondiente.
Notifíquese
Remítase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México, a efecto de que realice las acciones que considere pertinentes.
Notifíquese
Se tiene por parcialmente cumplida la sentencia emitida el catorce de diciembre de dos mil veintiuno.
Se ordena a la autoridad responsable dar cumplimiento a lo indicado.
Notifíquese
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México no es competente para conocer de la controversia planteada, pues no corresponde a la materia electoral.
Notifíquese
Se deja insubsistente la sentencia de trece de julio de dos mil veintiuno, en cumplimiento a lo ordenado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo.
Notifíquese
Este Tribunal Electoral no es legalmente competente para conocer la presente controversia al no estar vinculada con la materia electoral.
Notifíquese
Remítase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Notifíquese
Se tiene en vías de cumplimiento la sentencia de tres de marzo de dos mil veinte.
Notifíquese
Se tiene sustancialmente cumplida la Sentencia de diez de diciembre de dos mil diecinueve, en cumplimiento a lo resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo.
Notifíquese
Se tiene plor sustancialmente cumplida la Sentencia de diez de diciembre de dos mil diecinueve, en cumplimiento a lo resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito.
Notifíquese
Se tiene por cumplida formanlmente la sentencia de nueve de septiembre de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio Electoral a Juicio Especial Laboral.
Notifíquese
Es procedente la continuación de medidas cautelares.
Notifíquese
Este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, no es legalmente.
Se reencauza el presente asunto al Órgano Interno de Control de la Alcaldía Coyoacán.
Notifíquese
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México, no es competente matgerialmente para conocver acerda de la controversia planteada.
Notifíquese
Se tiene sustancialmente cumplidaq la Sentencia dictada por este Tribunal Eloectoral de la Ciudad de México.
Notifíquese
Se tiene por cumplida la Sentencia emitida el veinticuatro de febrero en elo juicio en que se actúa.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio Electoral a Juicio Eloectoral.
Notifíquese
No es procedente la pretensión de la parte actora.
Notifíquese
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México no es legalmente competente para conocer el presente juicio.
Notifíquese
Se tiene por incumplida la resolución emitida por este Tribunal Electoral.
Notifíquese