TECDMX-JLDC-016/2022
Acuerdos Plenarios18 de enero de 2023
Se tiene en vías de cumplimiento el Acuerdo Plenario de Reencauzamiento y Medidas Cautelares emitido el once de mayo de dos mil veintidós.
Notifíquese
Acuerdos Plenarios archivos - Página 17 de 49 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se tiene en vías de cumplimiento el Acuerdo Plenario de Reencauzamiento y Medidas Cautelares emitido el once de mayo de dos mil veintidós.
Notifíquese
Es infundado el incidente de competencia.
Notifíquese
Es infundado el incidente de competencia.
Notifíquese
Se dejan insubsistentes los Acuerdos Plenarios de veinticinco de enero y veinticinco de agosto ambos del año dos mil veintidós.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de treinta y uno de mayo de dos veintidós.
Notifíquese
Se reencauza el juicio electoral.
Notifíquese
Se deja insubsistente la resolución de veinticuatro de mayo de dos mil veintidós, en cumplimiento a lo ordenado por el Decimoquinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo de Primer Circuito.
Notifíquese
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de treinta y uno de mayo de dos veintidós.
Notifíquese
Se reencauza el juicio electoral.
Notifíquese
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México, no es competente para conocer la controversia planteada, pues no corresponde a la materia electoral.
Se escinde la demanda con el objeto de dar vista al Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Notifíquese
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México, no es competente para conocer la controversia planteada, pues no corresponde a la materia electoral.
Se escinde la demanda con el objeto de dar vista al Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Notifíquese
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Notifíquese
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Notifíquese
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Notifíquese
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México no es competente para conocer acerca de la controversia planteada, pues no corresponde a la materia electoral, ni es susceptible de ser conocida a través de los medios de impugnación que le corresponden a este órgano jurisdiccional.
Dese vista a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México y al Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, a efecto de que esas autoridades determinen lo que en Derecho corresponda.
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Se determina el cambio de l juicio electoral a juicio especial laboral.
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Se tiene en vías de cumplimiento el Acuerdo Plenario de Reencauzamiento y Medidas Cautelares emitido el veintiuno de junio de dos mil veintidós.
Notifíquese
Se deja insubsistente la resolución de veinituno de junio de dos mil veintidós.
Notifíquese
Se tiene por no presentada la demanda de juico especial laboral promovida por la parte actora.
Notifíquese
Rem´tase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutica del Instituto Electoral de la Ciudad de México, a efecto de que, realice a la brevedad las acciones que considere pertienentes respecto de la sustanciación y resolución del presente procedimiento.
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Se deja insubsistente la resolución de dieciocho de mayo de dos mil veintidós.
Notifíquese
Se reencauza a efecto de que sea sustanciado y resuelto conforme al procedimiento previsto en los artículos 132 y 133 de la Ley Procesal Electoral.
Notifíquese
Se deja insubsistente la resolución de dieciocho de mayo de dos mil veintidós.
Notifíquese
Se reencauza a juicio especial laboral.
Notifíquese
Se dejan a salvo los derechos de la parte actora para hacer valer el medio de defensa de naturaleza administrativa que estimen pertinentes para controvertir la imposibilidad de la Alcaldía Xochimilco de ejecutar los proyectos de presupuesto participativo seleccionados en el Pueblo originario de Santa María Nativitas, Xochimilco para los ejercicios fiscales 2022 y 2021.
Notifíquese
Se deja insubsistente la resolución de dos de agosto de dos mil veintidós.
Notifíquese
Se reencauza el juicio electoral, a efecto de que sea sustanciado y resuelto conforme al procedimiento previsto en los artículos 132 y 133 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México.
Notifíquese