TECDMX-JLI-067/2023
Acuerdos Plenarios27 de febrero de 2024
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Acuerdos Plenarios archivos - Página 12 de 49 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena.
Se acumula el expediente TECDMX-JLDC-041/2024 al diverso TECDMX-JLDC-035/2024.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena.
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de veintiuno de marzo de dos mil veintitrés.
Es fundado el incidente de ejecución planteado por la parte actora.
Se deja insubsistente la sentencia incidental de catorce de noviembre de dos mil veintitrés dictada en el expediente TECDMX-JLI-005/2022 y acumulado, en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México.
Remítase el expediente a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México, a efecto de que, realice a la brevedad las acciones que considere pertinentes respecto de la sustanciación del Procedimiento.
Remítase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México
Resulta infundado el incidente de nulidad de actuaciones solicitado por el actor.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Es improcedente el incidente de ejecución de sentencia promovido por la parte actora.
Se tiene por cumplida la sentencia de veintiocho de marzo; así como el incidente de liquidación de siete de noviembre, ambos de dos mil veintitrés.
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de veinticuatro de mayo de dos mil veintidós.
Es infundado el incidente de ejecución de sentencia promovido por la parte actora.
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de siete de junio de dos mil veintidós.
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de veinticuatro de mayo de dos mil veintidós
Se reencauza el Juicio de la Ciudadanía TECDMX-JLDC-029/2024 a Juicio Electoral.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Es infundado el incidente de ejecución de sentencia promovido por la parte actora.
Se tiene por cumplida la sentencia dictada en los autos del presente juicio por este Tribunal Electoral el diez de julio de dos mil veintitrés.
Se reencauza el escrito de Jade Rubí Flores de la Cruz, de veintitrés de enero, al Instituto Electoral de la Ciudad de México, a efecto de que sea dicha autoridad electoral quien conozca y, en su caso, resuelva la controversia planteada mediante el Procedimiento Especial Sancionador previsto en la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México, conforme a lo razonado en la consideración CUARTA.
Se tiene por formalmente cumplida la resolución emitida por este Tribunal Electoral el veintitrés de noviembre.