TECDMX-PES-008/2024
Acuerdos Plenarios04 de marzo de 2024
Remítase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Acuerdos Plenarios archivos - Página 12 de 50 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Remítase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Se reencauza el presente medio de impugnación al Órgano de Justicia Intrapartidaria del Partido de la Revolución Democrática.
Se reencauza el presente medio de impugnación al Órgano de Justicia Intrapartidaria del Partido de la Revolución Democrática.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional.
Se tiene por formalmente cumplida la sentencia emitida el siete de diciembre de dos mil veintitrés.
Se tiene por cumplida la sentencia dictada en autos por este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés.
Se tiene por cumplida en lo sustancial la sentencia dictada por este Tribunal Electoral de la Ciudad de México el siete de diciembre de dos mil veintitrés.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena, para los efectos precisados en el considerando TERCERO de la determinación.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena, para los efectos precisados en la determinación.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena, para los efectos precisados en el considerando CUARTO de la determinación.
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México no es competente para conocer acerca de la controversia planteada.
No ha lugar a dar trámite al escrito presentado.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena.
Se acumula el expediente TECDMX-JLDC-041/2024 al diverso TECDMX-JLDC-035/2024.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena.
Se tiene por sustancialmente cumplida la sentencia de veintiuno de marzo de dos mil veintitrés.
Es fundado el incidente de ejecución planteado por la parte actora.
Se deja insubsistente la sentencia incidental de catorce de noviembre de dos mil veintitrés dictada en el expediente TECDMX-JLI-005/2022 y acumulado, en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México.
Remítase el expediente a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México, a efecto de que, realice a la brevedad las acciones que considere pertinentes respecto de la sustanciación del Procedimiento.
Remítase el expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Es infundado el incidente de competencia planteado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México
Resulta infundado el incidente de nulidad de actuaciones solicitado por el actor.