TECDMX-PP-019/2025
Acuerdos de Trámite27 de marzo de 2025
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México, a través de su representante legal, promoviendo el Procedimiento Paraprocesal.
Se tiene domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por la parte promovente para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte promovente para que exhiba la documentación correspondiente.
Se admite a trámite el Procedimiento Paraprocesal y se señala fecha y hora para la celebración de la diligencia de ratificación y cumplimiento de convenio.
Se requiere a las partes para que manifiesten su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se requiere al ciudadano para que señale dos cuentas de correo electrónico personal o institucional, así como un número telefónico para oír y recibir notificaciones.