Ciudad de México, a 18 de abril de 2024

Boletín N° 12

 EL TECDMX DECLARÓ LA INEXISTENCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS, ENTRE OTRAS SUPUESTAS FALTAS, ATRIBUIDAS A SANDRA CUEVAS.

El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), celebró esta tarde Sesión Pública, en la que las Magistraturas resolvieron los siguientes Procedimientos Especiales Sancionadores:

ExpedienteActo ImpugnadoResolución
TECDMX- PES-016/2024Presentada por el partido Morena en contra de Sandra Cuevas, otrora Alcaldesa en Cuauhtémoc, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, derivado de la realización de una conferencia de prensa el once de septiembre, en las instalaciones de la Alcaldía, en la que expresó sus aspiraciones para contender por la candidatura a la Jefatura de Gobierno, evento difundido y retomado en la página oficial y redes sociales de la Alcaldía Cuauhtémoc.Se declaró la inexistencia de actos anticipados de precampaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, así como vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, atribuidos a Sandra Cuevas, en su calidad de entonces alcaldesa en la demarcación Cuauhtémoc.  
TECDMX- PES-004/2024Contra el presidente del Comité Ejecutivo Estatal de Morena y personas servidoras públicas, por la difusión de expresiones calumniosas en contra de Lía Limón, en su calidad de alcaldesa de Álvaro Obregón.Se declaró la inexistencia de la supuesta distribución de volantes alusivos a presunto desvío de recursos.   Se declaró la inexistencia de la calumnia, atribuida a Ruth Elizabeth Parra García, concejal de la Alcaldía Álvaro Obregón.   Se declaró la existencia de la calumnia, atribuida a Sebastián Ramírez Mendoza, Nancy Marlene Núñez Reséndiz, Carlos Hernández Mirón y Ángel Augusto Tamariz Sánchez, así como por culpa invigilando, atribuida a Morena, por lo que se impuso como sanción a Sebastián Ramírez Mendoza y a Morena, una amonestación.
TECDMX- PES-015/2024Promovido por una Diputada en el Congreso de la Ciudad de México, en contra del perfil alojado en la red Facebook con el nombre Efekto informativo, por presuntas manifestaciones que pudieren actualizar violencia política contra las mujeres en razón de género.Se sobreseyó respecto de la infracción atribuida al medio de comunicación Efekto informativo, consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género.
TECDMX- PES-017/2024Contra el Partido Acción Nacional por la difusión de dos publicaciones en sus redes sociales de X y Facebook.Se sobreseyó respecto de los actos anticipados de precampaña y campaña, atribuidos al Partido Acción Nacional.   Se declaró la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña, así como de difusión de propaganda calumniosa, atribuidos al referido Partido.

Asimismo, el Pleno resolvió los siguientes Juicios Electorales:

ExpedienteActo ImpugnadoResolución
TECDMX-JEL-440/2023Contra el acuerdo de 19 de diciembre de 2023, emitido por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el expediente 050 de 2023, mediante el cual desechó parcialmente la queja presentada por las partes actoras y otras personas.Se revocó el acuerdo controvertido, en lo que fue materia de impugnación.  
TECDMX-JEL-059/2024Promovido por Víctor Israel Bernal Andrade, quien controvierte la omisión atribuida a la Dirección Distrital 19 del Instituto Electoral local, de atender diversos planteamientos realizados mediante su escrito del nueve de enero de este año.Se acreditaron las omisiones atribuidas a la Dirección Distrital, y se le ordena realice las acciones referidas en la Sentencia.  
TECDMX-JEL-072/2024 TECDMX-JEL-077/2024 TECDMX-JEL-079/2024  Promovidos por el Partido MORENA, para controvertir los acuerdos de desechamiento del dos y cinco de abril, dictados en los expedientes 362, 238 y 227, todos de este año, con motivo de las quejas interpuestas en contra de Santiago Taboada y los partidos que integran la coalición VA POR LA CDMX, en contra de Ricardo Rubio Torres, Diputado del Congreso de la Ciudad de México y el PAN, y la última en contra de Alejandro Rafael Piña Medina, Coordinador de la Comisión Estatal Ejecutiva del Partido Movimiento Ciudadano y dicho instituto político.Se confirmó lo que fue materia de impugnación.  
TECDMX-JEL-073/2024Promovido por el partido MORENA, en el cual controvierte el acuerdo de desechamiento por inexistencia del hecho denunciado, emitido el dos de abril de la presente anualidad, por la Comisión Permanente de Quejas del IECM.Se confirmó lo que fue materia de impugnación.  
TECDMX-JEL-074/2024 TECDMX-JEL-076/2024 TECDMX-JEL-083/2024 TECDMX-JLDC-080/2024Promovidos por Ricardo Rubio Torres, Salomón Chertorivski Woldenberg y otras personas, en su carácter de personas candidatas a diferentes cargos de elección popular en la Ciudad de México, postuladas por los partidos PAN y Movimiento Ciudadano, respectivamente, quienes controvierten el Acuerdo 88 de 2024 del Consejo General del IECM, por el que se aprobaron los “Criterios relativos al uso de elementos de mobiliario y equipamiento urbano, por parte de los partidos políticos, sus candidaturas y candidaturas sin partido, para la colocación y fijación de propaganda electoral en el periodo de campaña del Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024”.Se revocó el Acuerdo 088 de 2024, emitido por el IECM y se le vinculó para realizar las acciones previstas en la parte considerativa de la Sentencia.  
TECDMX-JEL-075/2024Promovido por Ricardo Rubio Torres a fin de controvertir la supuesta omisión de la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral local de proveer sobre la regularización del procedimiento administrativo sancionador que se le inició, ello, al existir una violación al debido proceso en actuaciones previas.Se declaró inexistente la omisión atribuida a la Comisión Permanente de Quejas del IECM.
TECDMX-JEL-082/2024Promovido por el partido MORENA, para controvertir el acuerdo de cinco de abril del año en curso, dictado por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral local, en el que desechó la queja interpuesta por dicho instituto político.Se revocó el acuerdo controvertido, en lo que fue materia de impugnación.

Por otra parte, el Pleno resolvió el siguiente Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de la Ciudadanía:

ExpedienteActo ImpugnadoResolución
TECDMX-JLDC-081/2024Promovido por una ciudadana en su carácter de candidata a Diputada al Congreso de la Ciudad de México, por el Principio de Representación Proporcional postulada por Movimiento Ciudadano, quien controvierte la resolución de veintinueve de marzo de este año, en el expediente 09 de 2024, por el que se determinó que no ha lugar a otorgar lo solicitado a la promovente.Se confirmó lo que fue materia de impugnación.  

Finalmente, el Pleno determinó desechar de plano las demandas que originaron los siguientes juicios:

 ExpedienteActo Impugnado
TECDMX-JLDC-079/2024Contra la resolución del veintinueve de marzo del 2024, emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, en el Juicio de Inconformidad 036 de 2024.
TECDMX-JLDC-083/2024  Promovido por un ciudadano contra la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, en el expediente 169 de 2024.