Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2021

Boletín N° 104

Determina TECDMX fundada la omisión de la Secretaría de Finanzas de la CDMX respecto de la ampliación presupuestal solicitada por el IECM

  • Se determinó fundada la omisión por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX de otorgar la ampliación presupuestal solicitada por el Instituto Electoral de la Ciudad de México para atender las funciones que se le tienen conferidas en el actual ejercicio fiscal.
  • El Pleno confirma la asignación de los recursos del Presupuesto Participativo para 2021 al proyecto “Rehabilitando Coladeras Pluviales”, el cual obtuvo el segundo lugar en la Consulta Ciudadana de la unidad territorial Pantitlán IV, demarcación Iztacalco.

Las magistradas y magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) celebraron Sesión Pública el día de hoy, en la que, entre otros temas, determinaron tener por fundada la omisión atribuida a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México de otorgar la ampliación presupuestal solicitada por el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) y, en consecuencia, revocaron el oficio SAF/0107/2021, de 22 de marzo de 2021, emitido por la referida institución pública.

Lo anterior, debido a que las magistraturas consideraron que ante la omisión de la Secretaría responsable de llevar a cabo dicha asignación presupuestal al Instituto Electoral locales posible que no se atiendan las funciones que tiene conferidas ese Instituto por lo que resta del ejercicio fiscal 2021.[1]

Por otra parte, las magistraturas revocaron diversos oficios emitidos por la Secretaría Administrativa del IECM, a través de los cuales se hizo del conocimiento de las y los promoventes los motivos por los que no tienen derecho a percibir algunas prestaciones con motivo de la relación jurídica-laboral existente con dicho organismo. Por ello, el Pleno ordenó a la responsable y vinculó a los órganos que deban intervenir, a efecto de que lleven a cabo las adecuaciones necesarias para que les sean reconocidas y pagadas en la parte proporcional las prestaciones correspondientes, y en caso de existir prestaciones adicionales, se determinó que tienen derecho a recibirlas.[2]

En esta Sesión Pública, las magistraturas resolvieron 14 Procedimientos Especiales Sancionadores de la siguiente manera:

ExpedienteHechos denunciadosDeterminación del TECDMX
TECDMX-PES-134/2021[3]La pinta en bardas atribuida a Héctor Hugo Hernández Rodríguez, entonces candidato a la Alcaldía Tlalpan, en las cuales no se le identificó como candidato ni el partido político que lo postuló.Existencia de la infracción denunciada y, en consecuencia, se impuso una amonestación al responsable.
TECDMX-PES-166/2021La difusión de un mensaje vía WhatsApp atribuido a Luis Armando Ramírez Rodríguez, en su calidad de ciudadano y periodista del medio de comunicación NOTICIUDADANA, en la que se relacionaba a Araceli Berenice Hernández Calderón con la mafia del poder.  Inexistencia de la infracción denunciada.
TECDMX-PES-198/2021Actos anticipados de campaña atribuidos a Sandra Xantall Cuevas Nieves, otrora candidata a la Alcaldía Cuauhtémoc, derivado de la difusión en redes sociales desde enero de publicaciones que presuntamente la posicionaron de manera anticipada ante el electoradoInexistencia de la infracción denunciada.
TECDMX-PES-207/2021La indebida colocación de propaganda electoral atribuida a Víctor Hugo Romo otroracandidato a la Alcaldía Miguel Hidalgo y del partido Morena por culpa in vigilando, derivado de la sobreposición de su propaganda encima de la correspondiente a Mauricio Tabe en dicha demarcación.Existencia de la infracción denunciada y, en consecuencia, se impuso una amonestación al entonces Alcalde y una amonestación pública al referido instituto político.
TECDMX-PES-209/2021Transgresión al interés superior de la niñez atribuido a Héctor Hugo Hernández Rodríguez, otrora candidato a la Alcaldía Tlalpan, así como culpa in vigilando al partido Movimiento Ciudadano.Existencia de la infracción denunciada y, en consecuencia, se impuso una multa de 25 UMAS ($2,240.50 pesos) a Hernández Rodríguez, así como una amonestación pública al referido partido.
TECDMX-PES-210/2021Uso indebido de recursos públicos y violación a las medidas de neutralidad que deberán observar las personas servidoras públicas, atribuidas a María de Lourdes Paz Reyes, en su calidad de Diputada del Congreso de la Ciudad de México,  debido a la existencia de dos pintas en bardas con los datos de su Módulo de Atención Ciudadana. Inexistencia de los hechos denunciados.
TECDMX-PES-211/2021Irregularidades advertidas atribuidas a Gabriel del Monte Rosales, otrora aspirante a una candidatura sin partido para contender por la Alcaldía Xochimilco, en el procedimiento para la obtención de firmas de apoyo de la ciudadanía, al haber capturado manualmente mil cincuenta y cuatro apoyos utilizando fotocopias de credenciales para votar, de un total de ocho mil cuatrocientos nueve respaldos obtenidos.Existencia de las irregularidades y, en consecuencia, se impuso una amonestación al responsable.
TECDMX-PES-212/2021Adjudicación o uso de obra pública, atribuida a Clara Brugada, para beneficiar su campaña, derivado de cinco publicaciones en redes sociales de actos públicos en los cuales habló de los logros que obtuvo cuando era Alcaldesa de esa demarcación.Inexistencia de la infracción denunciada.
TECDMX-PES-213/2021Uso indebido de recursos públicos e incumplimiento a los principios de imparcialidad y neutralidad, atribuidas a Víctor Hugo Romo y alos partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, así como uso indebido de programas sociales para inducir o coaccionar el voto.Sobreseer respecto del uso indebido de recursos públicos e incumplimientos a los principios de imparcialidad y neutralidad.   Inexistencia del uso indebido de programas sociales para inducir o coaccionar el voto.
TECDMX-PES-215/2021La indebida colocación de una lona en postes, es decir, equipamiento urbano, en la que se promocionaba la candidatura de Sergio Flores Ríos, entonces candidato a la Alcaldía Xochimilco, a tribuida a Movimiento Ciudadano.Existencia de la infracción denunciada y, en consecuencia, se impuso una amonestación pública.
TECDMX-PES-216/2021Incumplimiento a las reglas sobre propaganda impresa utilizada en campaña, atribuida a Cuauhtémoc Martínez Laguna, otrora candidato a la Alcaldía Milpa AltaInexistencia de la infracción denunciada.
TECDMX-PES-218/2021Violencia Política en contra de las Mujeres por Razón de Género, Violencia Política de Género y calumnia, por la clausura simbólica de la casa de campaña de Dolores Padierna en la que se gritaron consignas en su contra y se pintó la fachada de color rojo con las palmas de las manos de las personas que asistieron, atribuidas a Sofía García Silva, otrora candidata a Diputada Local postulada por el Partido Redes Sociales Progresistas.Inexistencia de las infracciones denunciadas.
TECDMX-PES-219/2021En contra de Jesús Sesma Suárez y el Partido Verde Ecologista de México, por la presunta realización de violencia política y calumnia, derivado de que difundieron información falsa imputándole hechos o delitos falsos a la parte promovente.Inexistencia de las infracciones denunciadas.
TECDMX-PES-224/2021Dos pintas en bardas por parte de Movimiento Ciudadano en un lugar prohibido, alusivas a Héctor Hugo Hernández Rodríguez, entonces candidato a la Alcaldía Tlalpan.Existencia de la infracción denunciada y, en consecuencia, se impuso una amonestación pública al referido partido político.

Es importante hacer mención que las personas e institutos políticos sancionados con motivo de la resolución de los Procedimientos Especiales Sancionadores, serán inscritas en el en el Catálogo de Personas Sancionadas de este Órgano Jurisdiccional, una vez que las sentencias causen estado.

En otro orden de ideas, las magistraturas confirmaron el acuerdo del 1° de octubre mediante el cual, la Dirección Distrital 06 del IECM desechó la denuncia interpuesta en contra de personas integrantes de la Comisión de Participación Comunitaria (COPACO) de la unidad territorial San Juan de Aragón, Tercera Sección (Unidad habitacional) I, demarcación Gustavo A. Madero, en donde denunciaban supuestas irregularidades acontecidas en la asamblea ciudadana de 25 de julio de este año, al considerar que se presentó de forma extemporánea.[4]

Asimismo, confirmaron la asignación de los recursos del Presupuesto Participativo para 2021 al proyecto “Rehabilitando Coladeras Pluviales”, el cual obtuvo el segundo lugar en la Consulta Ciudadana de la unidad territorial Pantitlán IV, demarcación Iztacalco, toda vez que la autoridad responsable al determinar la sustitución del proyecto ganador en el ejercicio 2021 actuó de manera congruente y exhaustiva.[5]

De igual forma, el Pleno confirmó el acuerdo de 15 de octubre pasado, emitido por la Junta Administrativa del IECM, que determinó el mecanismo para la selección de personal eventual que apoyará a los Órganos Desconcentrados durante el Ejercicio Fiscal 2022, mediante Concurso por invitación, ya que la autoridad actuó dentro de sus atribuciones legales en ejercicio de su autonomía de gestión y presupuestaria.[6]

Por otra parte, se revocó la respuesta emitida por la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México, respecto al registro del Pueblo San Antonio Culhuacán, demarcación Iztapalapa. Por lo que, en un plazo de 10 días hábiles, dicha autoridad deberá emitir una nueva respuesta en la que establezca el estado en el que se encuentra el procedimiento de creación del sistema de registro, las etapas del mismo, y la fecha máxima en la que, de ser procedente, se realizaría la inscripción del citado Barrio.[7]

Finalmente, las magistraturas determinaron desechar de plano las demandas de los juicios TECDMX-JEL-307/2021 por haber sido presentado de manera extemporánea, así como los juicios TECDMX-JLDC-143/2021 y TECDMX-JLDC-145/2021,  al haber quedado sin materia toda vez que la autoridad responsable emitió respuestas a las solicitudes de las partes actoras sobre las acciones realizadas relativas al cumplimiento de la sentencia emitida en el Juicio Ciudadano 150 de 2021,

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[1] TECDMX-JEL-045/2021

[2] Juicios Electorales 305, 308, 318, 319, 320, 321, 322, 323, 324, 329, 330, 331, 332, 333, 334, 335, 336, 337 y 339, todos de 2021.

[3] En cumplimiento de sentencia de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

[4] TECDMX-JEL-271/2021

[5] TECDMX-JEL-326/2021

[6] TECDMX-JEL-338/2021

[7] TECDMX-JLDC-135/2021