Ciudad de México, a 27 de febrero de 2025

EL TECDMX RESOLVIÓ LA TOTALIDAD DE LAS IMPUGNACIONES ELECTORALES VINCULADAS CON CLARA MARINA BRUGADA MOLINA Y EN TODOS LOS CASOS RESULTARON INFUNDADAS.
- El Pleno de este órgano jurisdiccional resolvió los juicios de la ciudadanía promovidos a fin de controvertir la exclusión, en cada caso, de los listados de personas elegibles para ocupar el cargo de Magistraturas en el Poder Judicial de la Ciudad de México, emitidos por los Comités de Evaluación de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de esta entidad federativa. Lo anterior, al resultar fundados los agravios expuestos por la parte actora, pues se acreditó que cumple con los requisitos constitucionales y legales exigidos, de ahí que su exclusión resultó indebida
El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), celebró esta tarde Sesión Pública, en la que las Magistraturas resolvieron los siguientes procedimientos especiales sancionadores:
Expediente | Queja | Resolución |
TECDMX- PES-029/2024 | Promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, atribuidas a Clara Brugada Molina y Judith Vanegas Tapia en su calidad de entonces alcaldesas de Iztapalapa y Milpa Alta, respectivamente, con motivo de la participación y difusión del evento “Los sentimientos de la Ciudad”. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-092/2024 | Vulneración a las reglas colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, atribuida a Clara Marina Brugada Molina, otrora candidata a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, postulada por la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, así como por culpa invigilando atribuida a Morena, PVEM y PT, derivado de carteles adheridos y/o fijados a postes metálicos, de concreto y de madera. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-099/2024 | Vulneración al interés superior de la infancia y adolescencia, atribuida a Clara Marina Brugada Molina, otrora candidata a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, así como por culpa invigilando atribuida a Morena, PVEM y PT, derivado de cinco publicaciones en sus redes sociales. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-152/2024 | Colocación de propaganda electoral en lugar prohibido atribuida a Clara Marina Brugada Molina, otrora candidata a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, así como por culpa invigilando atribuida a Morena, PVEM y PT, y vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral, atribuida a Marcela Villegas Silva, Coordinadora General de la Central de Abasto. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-038/2024 | Vulneración a los Lineamientos para garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda en el marco del Proceso Electoral Local 2023 – 2024, actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y de programas sociales, atribuidas a Julio César Moreno Rivera, en su calidad de Diputado Federal y Evelyn Parra Álvarez, en su calidad de alcaldesa de Venustiano Carranza, derivado de diversos eventos. | Se sobreseyó por una parte y se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-040/2024 | Actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, atribuidos a Claudia Sheinbaum Pardo, en su calidad de precandidata a la Presidencia de la República, Javier Joaquín López Casarín, en su calidad de Diputado Federal, Leonel Godoy Rangel, en su calidad de Diputado Federal y Jesús Sesma Suárez, en su calidad de Diputado Local y Secretario General del Comité Ejecutivo del PVEM en la Ciudad de México, derivado de la realización y difusión en redes sociales de un evento en el que se emitieron manifestaciones a favor de quien ostentó la calidad de precandidata a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada y de quien sería el candidato a la titularidad de la Alcaldía Álvaro Obregón. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-059/2024 | Difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, uso indebido de recursos públicos y, violación a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, atribuidas a Fadlala Akabani Hneide, otrora secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, derivadas de diversas publicaciones en la red social X. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-123/2024 | Vulneración a las reglas de colocación de propaganda electoral, atribuida a Santiago Taboada Cortina, otrora candidato a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, postulado por la coalición “VA X LA CDMX”, por la presunta aparición de posters alusivos al candidato, colocados con materiales adhesivos que dañan el mobiliario urbano y dificulta su remoción. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-125/2024 | Actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como a las reglas de difusión de Informe de Labores, atribuidos a Alfa Eliana González Magallanes, otrora alcaldesa de Tlalpan y candidata a la reelección de dicho cargo, por la pinta de una barda para difundir su segundo Informe de Labores. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-140/2024 | Campaña negativa, calumnia, uso indebido de recursos públicos, violación a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, atribuidas a Fadlala Akabani Hneide, otrora secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, derivado de diversas publicaciones en la red social X. | Se sobreseyó por una parte y se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-141/2024 | Violencia Política, Violencia Política en Razón de Género, Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y campaña negativa, atribuidas a Santiago Taboada Cortina, otrora candidato a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y Cynthia Iliana López Castro, otrora candidata al Senado de la República, así como por culpa invigilando atribuida al PRI. | Se sobreseyó el Procedimiento. |
TECDMX- PES-149/2024 | Vulneración a la veda electoral, atribuida a Daniel Ordoñez Hernández, otrora candidato a la Alcaldía Iztacalco por la coalición “VA X LA CDMX” integrada por el PAN, PRI y PRD, por publicar en sus perfiles de las redes sociales Facebook e Instagram diversas manifestaciones. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-154/2024 | Vulneración al periodo de reflexión (veda electoral) y al principio de equidad en la contienda electoral, atribuidos a Javier Joaquín López Casarín, otrora candidato a la Alcaldía Álvaro Obregón, postulado por la candidatura común “Seguiremos Haciendo Historia en la Ciudad de México”, integrada por Morena, PVEM y PT, por la realización de una transmisión en vivo desde Instagram. | Se sobreseyó por una parte y se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-157/2024 | Vulneración a las reglas de colocación de propaganda por uso de materiales prohibidos, atribuida a Santiago Taboada Cortina, otrora candidato a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, postulado por la coalición “VA X CDMX”, integrada por el PAN, PRI y PRD, así como por culpa invigilando, atribuida a los referidos institutos políticos, al advertirse que la propaganda se encuentra adherida a postes o pilares haciendo uso de materiales prohibidos por la norma. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-164/2024 | Campaña negativa, calumnia, uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, atribuidas a Fadlala Akabani Hneide, otrora secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México y Víctor Hugo Romo de Vivar Guerra, otrora candidato a Diputado Local del Distrito 5, así como a César Arnulfo Cravioto Romero, otrora Senador de la República, y por culpa invigilando atribuida a Morena, PT y PVEM. | Se sobreseyó por una parte y se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-165/2024 | Calumnia atribuida a Fadlala Akabani Hneide, otrora Secretario de Economía de la Ciudad de México; Mario Martín Delgado Carrillo, otrora Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del partido Morena; Paulo Emilio García González y Víctor Hugo Romo de Vivar Guerra, en sus respectivas calidades de candidatos a diputaciones locales; así como uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda atribuidas a César Arnulfo Cravioto Romero, otrora Senador de la República y otrora candidato a Diputado Federal, y por culpa in vigilando atribuida a Morena, PT y PVEM, derivado de diversas publicaciones en las redes sociales X y Facebook. | Se sobreseyó por una parte y se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-166/2024 | Vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, atribuida a Adolfo Hernández García, otrora titular de la Alcaldía Venustiano Carranza y Gerardo Ernesto Villafranco Olascoaga, otrora director de Comunicación Social y Estratégica, por la presunta difusión en la red social Instagram de la Alcaldía Venustiano Carranza de propaganda en favor de Evelyn Parra Álvarez, entonces candidata a la Alcaldía Venustiano Carranza por la coalición “Seguiremos Haciendo Historia en la Ciudad de México”, con contenido calumnioso. | Se sobreseyó el Procedimiento. |
TECDMX- PES-167/2024 | Vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral y uso indebido de recursos públicos, atribuidas a Alfa Eliana González Magallanes, otrora Candidata y alcaldesa de Tlalpan, derivado de la realización de dos eventos de carácter proselitista, así como diversas publicaciones, con motivo del arranque de su campaña para el cargo de titular de dicha demarcación territorial, cuando la denunciada aún era servidora pública. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-173/2024 | Actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, así como vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, atribuidos a Javier Joaquín López Casarín, otrora Diputado Federal y candidato a la Alcaldía Álvaro Obregón, postulado por la candidatura “Seguiremos Haciendo Historia en la Ciudad de México”, integrada por Morena, PT y PVEM, derivado de la entrega de volantes y la realización de publicaciones en sus redes sociales. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-174/2024 | Vulneración al interés superior de la niñez y la adolescencia, atribuida a Santiago Taboada Cortina, otrora candidato a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, postulado por la coalición “VA X LA CDMX”, integrada por el PAN, PRI y PRD, así como por culpa invigilando atribuida a dichos institutos políticos, por una publicación acompañada de imágenes en las cuales presuntamente es posible observar a personas menores de edad. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-177/2024 TECDMX- PES-205/2024 TECDMX- PES-208/2024 Acumulados | Vulneración al interés superior de la infancia y adolescencia, atribuida a Elvia Guadalupe Estrada Barba, candidata a una Diputación Local en el Congreso de la Ciudad de México, por la coalición “Sigamos Haciendo Historia en la Ciudad de México” y a Ramón Alejandro Cruz Aquino, persona encargada de administrar las cuentas de las redes sociales de Elvia Estrada, así como por culpa invigilando atribuida a Morena, PVEM y PT, derivado de publicaciones en las redes sociales Facebook e Instagram. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-180/2024 | Vulneración a las reglas de difusión de Informe de Labores, actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral, atribuidos a Alfa Eliana González Magallanes, otrora Titular de la Alcaldía Tlalpan y entonces candidata a esa demarcación territorial, por la colocación de lonas y diversas pintas de bardas alusivas a su primer y segundo Informe de Labores. | Se sobreseyó el Procedimiento. |
TECDMX- PES-184/2024 | Violación a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad en el uso de recursos públicos, así como uso indebido de recursos públicos, atribuidas a Olivia Garza de los Santos, entonces Concejala de la Alcaldía Iztapalapa y representante propietaria del PAN, ante el Consejo 17 del Instituto Electoral de la Ciudad de México, derivado de publicaciones en “oligarza3” y en el perfil de Facebook “Olivia Garza”, que difundió contenido alusivo al cargo que desempeñaba y mensajes de apoyo a cierta fuerza política, máxime que dicha ciudadana es militante del PAN. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-185/2024 | Transgresión al interés superior de la infancia y adolescencia, atribuida aPriscilla Mariana Esquivel Suárez, militante del PAN, derivado de una publicación de tres de marzo de dos mil veinticuatro, en su cuenta en la red social Twitter; así como por culpa invigilando atribuida al PAN. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-192/2024 | Violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en el uso de recursos públicos, atribuida a Luisa Gutiérrez Ureña, entonces Diputada del Congreso de la Ciudad de México, por la presunta publicación en la red social X, acerca de su participación en el evento denominado “Marea rosa”, en el cual hicieron llamados expresos al voto y denostaron al actual gobierno y candidaturas de Morena, a la Presidencia y a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
TECDMX- PES-193/2024 | Calumnia atribuida a César Arnulfo Cravioto Romero, en su calidad de candidato a Diputado Federal y a Dunia Ludlow Deloya, en su calidad de candidata Senadora suplente, por la difusión de diversas publicaciones, así como por culpa invigilandoatribuida a Morena, PT y PVEM. | Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas. |
Asimismo, el Pleno resolvió los siguientes juicios para la protección de los derechos políticos electorales de la ciudadanía:
Expediente | Acto Impugnado | Resolución |
TECDMX- JLDC-013/2025 | La exclusión del promovente de las listas de personas elegibles integradas por parte de los Comités de Evaluación de los Poderes Judicial y Ejecutivo de la Ciudad de México, respectivamente. | Se declararon fundados los planteamientos realizados por el Actor y, en consecuencia, se ordenó a los Comités de Evaluación de los Poderes Judicial y Ejecutivo, respectivamente: Que en el plazo de doce horas contadas a partir de la notificación de la sentencia. Modificar las listas de personas elegibles integradas, a efecto de que se incluya al Actor con el folio RJPJ-250130-698, en virtud de cumplimentar los requisitos constitucionales y legales exigidos para ello. Rectificar los números de folio en términos de lo informado por la Comisión Especial, y, de ser el caso, realizar la consecuente modificación de listado de personas elegibles y, Informar a este Tribunal Electoral dentro de las 24 horas posteriores a que cumplimento lo ordenado previamente, remitiendo las respectivas constancias que lo acrediten. |
TECDMX- JLDC-008/2025 TECDMX- JLDC-009/2025 TECDMX- JLDC-010/2025 Acumulados | Los listados de personas elegibles para ocupar los cargos de Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, así como Magistradas y Magistrados, Juezas y Jueces del Poder Judicial de la Ciudad de México, emitidos por los Comités de Evaluación de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Ciudad de México. | Se confirmaron, los actos impugnados. |
Asimismo, el Pleno resolvió el siguiente juicio electoral:
Expediente | Acto Impugnado | Resolución |
TECDMX- JEL-004/2025 | Acuerdo dictado por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, el veintitrés de enero de dos mil veinticinco, en el expediente IECM-SCG/PE/143/2024, por el que determinó carecer de competencia para conocer de los hechos denunciados. | Se confirmó el Acuerdo controvertido. |
Finalmente, el Pleno determinó desechar de plano las demandas que originaron los siguientes Juicios:
Expediente | Acto Impugnado |
TECDMX- JEL-005/2025 | Acuerdo dictado por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, el veintitrés de enero de dos mil veinticinco, en el expediente IECM-SCG/PE/143/2024, por el que determinó carecer de competencia para conocer de los hechos denunciados. |
TECDMX- JLDC-011/2025 | Lista de personas aspirantes para ocupar cargos de elección popular en el Poder Judicial de la Ciudad de México que cumplen con los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México. |
TECDMX- JLDC-012/2025 | La exclusión en el Listado de personas elegibles para ocupar los cargos en la elección del Poder Judicial de la Ciudad de México, publicada por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo Local para seleccionar a las y los candidatos de los cargos de elección popular del Poder Judicial de la Ciudad de México. |