Ciudad de México, a 12 de noviembre de 2020
Boletín Nº 90
Confirma TECDMX integración de COPACO en diversas unidades territoriales
de Álvaro Obregón, Benito Juárez y Cuauhtémoc
• Se desecharon demandas relativas a COPACO, Consulta de Presupuestos Participativo y la cancelación
de un apoyo económico por parte del IECM al actualizarse diversas causales de improcedencia.
Las Magistradas y Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
(TECDMX), celebraron Sesión Pública de resolución a distancia por videoconferencia en la que
resolvieron seis Juicios Electorales (JEL).
Al resolver el juicio TECDMX-JEL-110/2020, en contra de la elegibilidad de diversas personas
aspirantes a integrar la Comisión de Participación Comunitaria (COPACO) de la unidad territorial
Santa Fe, en Álvaro Obregón, al considerar la parte actora que incurrían en la prohibición de ser
personas servidoras públicas; al respecto, el Pleno resolvió confirmar el acto impugnado, toda vez
que, aunque una de las personas labora en las Alcaldías Gustavo A. Madero y/o Coyoacán, la plaza
que ocupa es inferior a enlace y no tiene bajo su responsabilidad programas sociales.
Por otra parte, en el expediente TECDMX-JEL-152/2020, en donde se controvirtieron los resultados
de la elección de la COPACO y, en consecuencia, la Constancia de Asignación e Integración en la
unidad territorial San Simón Tolnahuac, en Cuauhtémoc, al considerar que una persona de la citada
Alcaldía y una persona candidata recogieron documentos para otorgar apoyos sociales con fines
electorales; las Magistraturas determinaron confirmar el acto impugnado, toda vez que en las
pruebas presentadas no se acreditan los hechos denunciados.
Asimismo, en el juicio TECDMX-JEL-250/2020, en contra de la elegibilidad de diversas personas
aspirantes a integrar la COPACO de la unidad territorial Narvarte I, en Benito Juárez, al considerar la
parte actora que incurrían en la prohibición de ser personas servidoras públicas; las Magistradas y
Magistrados resolvieron confirmar el acto impugnado, ya que de los medios de prueba se advierte
que la persona impugnada labora en la Alcaldía de Benito Juárez, como asesora de Concejal, y en las
funciones que desempeña no tiene a su cargo el manejo de programas sociales
En el expediente TECDMX-JEL-373/2020, en el que se controvirtió la elegibilidad de dos personas
como integrantes de la COPACO en la unidad territorial Santa Fe, demarcación Álvaro Obregón, al ser
servidoras públicas de la Alcaldía; el Pleno determinó desechar de plano la demanda ya que la parte
actora había presentado previamente un juicio (TECDMX-JEL-110/2020 y resuelto en esta misma
Sesión Pública) en el que se impugnó el mismo hecho.
Asimismo, en el juicio TECDMX-JEL-393/2020, en contra del oficio 664/2020 emitido por la Secretaría
Administrativa del Instituto Electoral de la Ciudad de México, mediante el cual canceló un apoyo
económico con motivo de la alerta sanitaria provocada por el virus COVID-19; las Magistraturas
resolvieron desechar de plano la demanda al haber sido presentada de manera extemporánea.
Finalmente, en el expediente TECDMX-JEL-396/2020, en donde se controvirtieron los Dictámenes de
las propuestas de proyecto específico para la Consulta de Presupuesto Participativo 2019 y 2020, de
la unidad territorial Torres de San Juan 1-B, demarcación territorial Gustavo A. Madero; las
Magistradas y Magistrados determinaron desechar de plano la demanda al haber sido presentada de
manera extemporánea.
o-O-o
* Los criterios para las resoluciones de este Pleno son coincidentes.