• Se consideró que el PES no cumplió con el requisito de alcanzar el umbral de votación válida emitida

del tres por ciento.

El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) celebró Sesión Pública en la que

resolvieron un Juicio Electoral (JEL) y un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales

de la Ciudadanía (JLDC).

Al resolver el juicio TECDMX-JEL-073/2019, promovido por el Partido Encuentro Social en el que

controvertía la improcedencia de su solicitud de registro como partido político local, al aducir que

que existía una violación al principio de legalidad, en su vertiente de indebida fundamentación y

motivación, en cuanto a la incorrecta interpretación de los preceptos que establecen los requisitos

que debe cumplir un partido político nacional que perdió su registro y opta por obtenerlo en alguna

Entidad Federativa; el Pleno resolvió confirmar la negativa de registro al Partido Encuentro Social

por considerar que no cumplió con el requisito de haber obtenido en la elección inmediata anterior

al menos el tres por ciento de la votación válida emitida.

Finalmente, sobre el juicio TECDMX-JLDC-020/2019, promovido por María del Carmen Osnaya

Garcés en el que controvertía la omisión de la persona titular de la Alcaldía de Tlalpan, de dar

respuesta a un escrito en el que solicitó información relacionada con la elección de los integrantes

de la Comisión Sociocultural del pueblo de San Pedro Mártir; las Magistradas y Magistrados

determinaron desechar de plano la demanda al haberse actualizado la causal de improcedencia

relativa a que el juicio quedó sin materia, pues la autoridad dio respuesta a la solicitud de la parte

actora.

o-O-o

* Los criterios para las resoluciones de este Pleno son coincidentes.