Ciudad de México, a 11 de septiembre de 2024
EL TECDMX REVOCÓ UN ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE QUEJAS DEL IECM, MEDIANTE EL QUE HABÍA DETERMINADO NO INICAR UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SOLICITADO POR EL PARTIDO MORENA.
El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), celebró esta tarde Sesión Pública, en la que las Magistraturas resolvieron los siguientes Juicios Electorales:
Expediente | Acto Impugnado | Resolución |
TECDMX- JEL-307/2024 | El Partido Morena controvirtió el Acuerdo emitido el diecinueve de julio de dos mil veinticuatro, por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el expediente 1431 de 2024, al señalar que la autoridad responsable no fue exhaustiva, toda vez que no realizó las diligencias necesarias para determinar si existían elementos mínimos para el inicio de un procedimiento sancionador por las infracciones denunciadas. | Se revocó el acuerdo de diecinueve de julio de dos mil veinticuatro, dictado por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México en el expediente 1431 de 2024. |
TECDMX- JEL-311/2024 | La parte actora controvirtió el Acuerdo emitido el veintinueve de julio de dos mil veinticuatro, por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el expediente 1579 de 2024. | Se confirmó el acuerdo de veintinueve de julio de dos mil veinticuatro, dictado por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México en el expediente 1579 de 2024. |
TECDMX- JEL-323/2024 | La parte actora refirió que, tanto la Secretaría Ejecutiva, como la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas y Fiscalización, ambas del Instituto Electoral local, ejercieron violencia institucional en su contra y, a la fecha, han omitido integrar y sustanciar debidamente el expediente que originó su denuncia en aquella instancia. | Se determinó existente la omisión hecha valer por la parte actora. Asimismo, se declaró inexistente la violencia política institucional atribuida a la Secretaría Ejecutiva, así como a la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas y Fiscalización, ambas del Instituto Electoral de la Ciudad de México. |
Finalmente, el Pleno determinó desechar de plano las demandas que originaron los siguientes Juicios:
Expediente | Acto Impugnado |
TECDMX- JEL-325/2024 | La parte actora controvirtió el Acuerdo de catorce de agosto del año que transcurre, emitido por el secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el que, entre otras cuestiones, determinó la preclusión del derecho de la ahora parte promovente para contestar la denuncia de hechos, así como aportar pruebas, respecto del expediente 160 de 2024. |
TECDMX- JEL-328/2024 | El Partido de la Revolución Democrática, a través de su representante ante el Consejo Distrital 10 del Instituto Electoral de la Ciudad de México, controvirtió la supuesta dilación de la Comisión Permanente de Quejas del referido Instituto en el trámite de las quejas 85, 145 y 168, todas de 2024. |
TECDMX- JLDC-216/2022 | La parte actora controvirtió la Convocatoria Pública para constituir el Sistema de Registro y Documentación de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes en la Ciudad de México. |