Ciudad de México, a 4 de julio de 2024

 Boletín #29

EL TECDMX CONFIRMÓ LA DECLARACIÓN DE VALIDEZ Y ENTREGA DE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA EN LA ELECCIÓN DE LA DIPUTACIÓN MIGRANTE AL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), celebró esta tarde Sesión Pública, en la que las Magistraturas resolvieron los siguientes Juicios electorales:

ExpedienteActo ImpugnadoResolución
TECDMX- JEL-268/2024Promovido por el Partido Morena a fin de controvertir el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México por el que aprobó el cómputo total de la elección de diputación migrante al Congreso de la Ciudad de México, su declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría, por hechos e incidentes graves que ocurrieron durante la jornada comicial. Del mismo modo solicita la nulidad de dicha elección.Se confirmó la Declaración de Validez y la entrega de la Constancia de Mayoría en la elección de la Diputación Migrante al Congreso de la Ciudad de México.
TECDMX- JEL-272/2024Promovido en contra del acuerdo de 11 de junio de este año, dictado por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el expediente 1730 de 2024, el cual desechó la queja por la probable comisión de conductas infractoras consistentes en calumnia, violencia política de género y violencia política contra las mujeres en razón de género, derivado de que en diversos portales de internet y notas periodísticas, se difundieron descalificaciones en su contra, mediante las cuales, se le pretende supeditar a una figura masculina.Se revocó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo controvertido.
TECDMX- JEL-278/2024Promovido por Fadlala Akabani Hneide, para controvertir el acuerdo emitido por Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México por el que se declararon procedentes las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional, por diversas publicaciones que realizó en sus redes sociales, cuyo contenido, en apariencia del buen derecho, pudiera constituir calumnia en contra de Santiago Taboada Cortina.Se revocó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo controvertido.
TECDMX- JEL-279/2024Promovido por MORENA para controvertir el acuerdo a través del cual la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de esta Ciudad desechó las quejas que dieron origen al expediente 724 de 2024 y su acumulado.Se confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo controvertido.
TECDMX- JEL-280/2024Promovido en contra del acuerdo de 14 de junio de este año, dictado por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México en el expediente 1733 de 2024, el cual desechó la queja por la probable comisión de conductas infractoras consistentes en violencia política contra las mujeres en razón de género, derivado de que, a dicho de la quejosa, la probable responsable se ha encargado de emitir declaraciones en todo tipo de medios en las cuales tiene la intención de proferir actos de violencia política de género y violencia política en contra de las mujeres en razón de género, en perjuicio de la promovente, por lo que además resulta procedente desde su perspectiva, atribuir a los partidos que le respaldaron en su candidatura, omisión de cuidado en el actuar de su candidata y la consecuente por culpa in vigilando.Se revocó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo controvertido.
TECDMX- JEL-281/2024Promovido en contra del acuerdo dictado por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el que se determinó desechar la queja presentada por la parte promovente respecto del presunto uso indebido de recursos públicos y la posible vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, determinación que, en estima de la parte promovente, está indebidamente fundada y se realizó una indebida valoración probatoria.Se confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo controvertido.
TECDMX- JEL-284/2024Promovido por la otrora candidata a la titularidad de la alcaldía Álvaro Obregón, en contra del acuerdo de la Comisión de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México que desechó la queja presentada en contra del candidato electo y otros, denunciando la publicación de diversas notas, en perfiles de redes sociales que, en su concepto, son de naturaleza calumniosa.Se confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo controvertido.
TECDMX- JEL-285/2024Promovido en contra del acuerdo emitido por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el que se determinó el desechamiento de la queja presentada por la ahora parte actora, lo cual, en su estima resulta incorrecto al basarse dicha determinación en el argumento de que no se advirtieron hechos que constituyeran de manera fehaciente una falta o una conducta infractora de la normativa electoral.Se confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo controvertido.

Asimismo, el Pleno resolvió los siguientes Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de la Ciudadanía:

ExpedienteQuejaResolución
TECDMX- JLDC-117/2024Promovido por Víctor Alberto Marcos Fuentes en su carácter de autoridad tradicional en el pueblo de San Pedro Mártir, Tlalpan, en contra de los presuntos actos y omisiones atribuidos a la alcaldesa y el director General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno de la Alcaldía Tlalpan.Se acreditaron las omisiones atribuidas a las autoridades responsables y se declaró la inexistencia de Violencia Política atribuida al director General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno de la Alcaldía Tlalpan.
TECDMX- JLDC-119/2024Promovido por Mónica Arévalo Téllez, en su carácter de candidata a concejala a la Alcaldía Xochimilco, en contra del Acuerdo aprobado por el Consejo Distrital 25 del Instituto Electoral local, por el que se realiza la asignación de concejalías electas por el principio de representación proporcional de la citada Alcaldía, al considerar que se interpretó indebidamente la asignación por resto mayor y no se valoró la inclusión de personas jóvenes.Se confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo controvertido

Por otra parte, el Pleno resolvió los siguientes Procedimientos Especiales Sancionadores:

ExpedienteActo ImpugnadoResolución
TECDMX- PES-034/2024Iniciado en contra de Lía Limón García y el PAN por promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña.Se sobreseyó por cuanto hace al Partido Acción Nacional, respecto a la culpa in vigilando derivada de la falta de deber de cuidado por la promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos. Asimismo, se declara la inexistencia de las infracciones atribuidas a Lía Limón, consistentes en actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, así como de culpa in vigilando atribuida al Partido Acción Nacional
TECDMX- PES-037/2024Iniciado en contra de Ricardo Rubio Torres en su calidad de Diputado del Congreso de la Ciudad de México, por la difusión de propaganda alusiva a su Segundo Informe de labores, consistente en la colocación de un pendón y una pinta de barda en dos ubicaciones de la Alcaldía Coyoacán, así como una publicación en su perfil de la red social Facebook.Se declaró la inexistencia de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, atribuidas a Ricardo Rubio Torres.   Por otra parte, se declaró la existencia de la vulneración a las reglas de difusión de informe de labores, atribuida a Ricardo Rubio Torres, y se dio vista a la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México.

Finalmente, el Pleno determinó desechar de plano las demandas que originaron los siguientes Juicios:

  ExpedienteActo Impugnado 
TECDMX- JEL-162/2024 TECDMX- JEL-202/2024Promovidos para controvertir el Acuerdo 124 de 2024 emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se realizó la asignación de Diputaciones por el principio de representación proporcional a integrar el Congreso de esta Ciudad.
TECDMX- JEL-271/2024Promovido por el Partido Morena para controvertir la elección de la diputación por mayoría relativa correspondiente al distrito 03 con sede en Azcapotzalco, en el proceso electoral local ordinario 2023-2024.
TECDMX- JEL-269/2024Promovido para controvertir el Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se realizó la asignación de Diputaciones por el principio de representación proporcional a integrar el Congreso de esta Ciudad y se declara su validez en el proceso local ordinario 2023-2024.