Ciudad de México, a 5 de julio de 2021
TECDMX declara existencia de actos anticipados de campaña y promoción personalizada en contra de Víctor Hugo Romo por publicación en Twitter
- Se consideraron existentes las conductas denunciadas en contra de Hegel Cortés Miranda por el retuit a la publicación desde la cuenta de la Alcaldía Miguel Hidalgo.
- Se determinó dar vista al Congreso de la Ciudad de México y al Órgano Inerno de Control de la Alcaldía para que impongan la sanción que en derecho corresponda.
En Sesión Pública de resolución a distancia por videoconferencia, las Magistradas y Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) determinaron, en cumplimiento a la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la existencia de actos anticipados de campaña y promoción personalizada atribuidos aVíctor Hugo Romo, entonces alcalde de Miguel Hidalgo.[1]
Lo anterior, por la publicación del pasado 2 de febrero en su cuenta de Twitter relacionada con su registro como aspirante a candidato a la citada Alcaldía por el Partido Morena, donde se realizó una referencia personal en su favor, así como la exaltación a la opción de dicho partido político, lo que lleva implícita una solicitud de apoyo.
Asimismo, se declaró la existencia de la promoción personalizada en favor del entonces Alcalde, así como el uso indebido de recursos públicos e incumplimiento a las medidas de neutralidad que deben observar las personas servidoras públicas en contra de Hegel Cortés Miranda, otrora director General de Gobierno y Asuntos Jurídicos de la aludida Alcaldía, por el retuit que se dio a la publicación en comento desde la cuenta oficial de la administración.
Por lo anterior, las Magistradas y Magistrados integrantes del Pleno ordenaron dar vista al Congreso de la Ciudad de México y al Órgano Interno de Control de la Alcaldía Miguel Hidalgo, superiores jerárquicos de Víctor Hugo Romo y Hegel Cortés Miranda, respectivamente, para que impongan la sanción que en derecho corresponda.
Finalmente, respecto del uso indebido de recursos públicos en contra de Víctor Hugo Romo por la publicación en Twitter, se consideró inexistente pues la publicación se realizó en su cuenta personal, lo cual no implica el uso de recursos económicos, materiales ni humanos de los que disponía para el desempeño del cargo.
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[1] TECDMX-PES-032/2021