Contraloría Interna
Agar Leslie Serrano Álvarez
Encargada de Despacho de la Contraloría Interna
(55) 5340 4600 Ext. 1209
Atribuciones:
I. Elaborar y remitir al Pleno el Programa Interno de Auditoría, a más tardar para su conocimiento en la primera quincena de septiembre del año anterior al que se vaya a aplicar;
II. Aplicar el Programa Interno de Auditoría, en los términos aprobados por el Pleno;
III. Formular observaciones y recomendaciones, de carácter preventivo y
correctivo a los órganos del Tribunal Electoral que sean auditadas. En su caso, iniciar los procedimientos de responsabilidad administrativa a que haya lugar;
IV. Dar seguimiento a la atención, trámite y solventación de las observaciones, recomendaciones y demás promociones de acciones que deriven de las auditorías internas y de las que formule la Auditoría Superior de la Ciudad de México;
V. Proponer al Pleno, promueva ante las instancias competentes, las acciones administrativas y legales que deriven de las irregularidades detectadas en las auditorias;
VI. Proponer al Pleno los anteproyectos de procedimientos, manuales e
instructivos que sean necesarios para el desempeño de sus funciones, así como la estructura administrativa de su área;
VII. Informar de sus actividades institucionales al Pleno de manera trimestral y en el mes de diciembre, el resultado de las auditorías practicadas conforme al Programa Anual;
VIII. Participar en los actos de entrega-recepción de los servidores públicos del Tribunal Electoral, mandos medios, superiores y homólogos, con motivo de su separación del cargo, empleo o comisión y en aquellos derivados de las readscripciones, en términos de la normatividad aplicable;
IX. Instrumentar los procedimientos relacionados con las responsabilidades
administrativas en que incurran los servidores del Tribunal Electoral, con
excepción de los Magistrados Electorales que estarán sujetos a lo dispuesto en el artículo 31 de este Código. La información relativa a las sanciones no se hará pública hasta en tanto no haya causado estado.
X. Recibir, sustanciar y resolver los recursos de revocación que presenten los servidores públicos del Tribunal, en términos de la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México;
XI. Llevar el registro de los servidores públicos que hayan sido sancionados
administrativamente, por resolución ejecutoriada;
XII. Elaborar el instructivo para el adecuado manejo de fondos revolventes;
XIII. Recibir, llevar el registro y resguardar la declaración patrimonial inicial, de modificación o de conclusión de los servidores públicos del Tribunal Electoral que estén obligados a presentarla;
XIV. Participar en las sesiones de los Comités y Subcomités de adquisiciones,
arrendamientos, prestación de servicios y obra pública del Tribunal Electoral y opinar respecto de los procedimientos;
XV. Recibir, sustanciar y resolver las inconformidades que presenten los
proveedores respecto a actos o fallos en los procedimientos de adquisiciones y contratación de arrendamientos, servicios y obra pública;
XVI. Analizar y evaluar los sistemas de procedimientos y control interno del
Tribunal Electoral;
XVII. Vigilar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos por el Pleno y proponer a éste las medidas de prevención que considere;
XVIII. Revisar el cumplimiento de objetivos y metas fijados en los Programas Generales del Tribunal Electoral;
XIX. Realizar auditorías contables y operacionales y de resultados del Tribunal Electoral;
XX. Revisar que las operaciones, informes contables y estados financieros, estén basados en los registros contables que lleve el área correspondiente;
XXI. Examinar la asignación y correcta utilización de los recursos financieros, humanos y materiales;
XXII. Requerir fundada y motivadamente a los órganos y servidores públicos del Tribunal Electoral la información necesaria para el desempeño de sus atribuciones; y
XXIII. Las demás que le confiera este Código y la normatividad aplicable.
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Artículo 202 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México