• Se consideró que el PES no cumplió con el requisito de alcanzar el umbral de votación válida emitida
del tres por ciento.
El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) celebró Sesión Pública en la que
resolvieron un Juicio Electoral (JEL) y un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales
de la Ciudadanía (JLDC).
Al resolver el juicio TECDMX-JEL-073/2019, promovido por el Partido Encuentro Social en el que
controvertía la improcedencia de su solicitud de registro como partido político local, al aducir que
que existía una violación al principio de legalidad, en su vertiente de indebida fundamentación y
motivación, en cuanto a la incorrecta interpretación de los preceptos que establecen los requisitos
que debe cumplir un partido político nacional que perdió su registro y opta por obtenerlo en alguna
Entidad Federativa; el Pleno resolvió confirmar la negativa de registro al Partido Encuentro Social
por considerar que no cumplió con el requisito de haber obtenido en la elección inmediata anterior
al menos el tres por ciento de la votación válida emitida.
Finalmente, sobre el juicio TECDMX-JLDC-020/2019, promovido por María del Carmen Osnaya
Garcés en el que controvertía la omisión de la persona titular de la Alcaldía de Tlalpan, de dar
respuesta a un escrito en el que solicitó información relacionada con la elección de los integrantes
de la Comisión Sociocultural del pueblo de San Pedro Mártir; las Magistradas y Magistrados
determinaron desechar de plano la demanda al haberse actualizado la causal de improcedencia
relativa a que el juicio quedó sin materia, pues la autoridad dio respuesta a la solicitud de la parte
actora.
o-O-o
* Los criterios para las resoluciones de este Pleno son coincidentes.